research

Destrucción inmediata de expedientes de la Cámara Primera del Trabajo de la Segunda Circunscripción

En virtud de la Acordada 07/2020 del STJ, se ordenó la destrucción inmediata de expedientes de la Cámara Primera del Trabajo de la Segunda Circunscripción.

Fijar el término de 30 días para que los letrados/as, efectúen las peticiones que correspondan y retiren los sobres de documental original si así correspondiere, bajo apercibimiento de destrucción.

Documentación adjunta

RESOLUCION EXPURGO 13-05-2024.pdf
Documento Adobe Acrobat 227 Kb

  • Compartir: